Fallo histórico frena a franquicias inmobiliarias en Buenos Aires

La Justicia provincial dictó un duro revés a marcas como Remax por utilizar agentes no matriculados. El veredicto marca un antes y un después en el corretaje inmobiliario.

Acceso Total29 de abril de 2025
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Un fallo sin precedentes de la Cámara Civil y Comercial N°13 de Mar del Plata sacudió al mercado inmobiliario bonaerense: se declaró ilegal el uso de “agentes inmobiliarios” no matriculados por parte de franquicias como Remax, en clara violación a la Ley 10.973 que regula la actividad de martilleros y corredores públicos.

El caso se originó cuando una martillera titulada abrió una oficina de Remax en Mar del Plata y contrató personal sin matrícula para ofrecer propiedades. Tras una operación de venta y el reclamo de honorarios, la Justicia falló categóricamente: quienes intervinieron en la transacción no estaban legalmente habilitados.

La sentencia fue contundente: la oficina, identificada como Remax Arena, no podía delegar funciones reservadas exclusivamente a profesionales matriculados. El uso del término “agente inmobiliario” fue calificado como “capcioso” y considerado un fraude a la ley, dado que promovía prácticas prohibidas bajo apariencia de legalidad.

El fallo también destacó que solo quienes cuentan con título universitario habilitante y matrícula en un colegio profesional pueden cobrar honorarios por corretaje. Cualquier intervención fuera de este marco carece de validez legal. Además, se recordó el artículo 53 de la Ley 10.973, que prohíbe a los martilleros prestar su nombre para facilitar actividades ilícitas a terceros sin matrícula.

Desde el Colegio de Martilleros de La Plata, su presidente Guillermo Saucedo celebró la decisión judicial como un “hito jurídico” que podría sentar jurisprudencia a nivel nacional. “Es una herramienta poderosa contra el negocio ilegal que muchas franquicias montaron aprovechándose de vacíos regulatorios”, expresó. Y agregó: “Nuestros abogados ya están utilizando esta sentencia en otras causas similares”.

Saucedo también aclaró que, si bien los martilleros pueden contar con asistentes administrativos, las tareas profesionales como tasaciones, estudios de título o la intermediación en ventas solo pueden ser realizadas por corredores matriculados. “La colaboración debe ser limitada, operativa, nunca profesional. Ese límite fue traspasado en muchos casos y ahora la Justicia puso un freno”, subrayó.

Este fallo redefine las reglas del juego para las grandes franquicias que operan en territorio bonaerense y podría tener efectos dominó en otras provincias. Las inmobiliarias que funcionen con personal no habilitado ya no solo enfrentarán sanciones administrativas, sino también la imposibilidad legal de cobrar comisiones o cerrar operaciones válidas.

El mercado inmobiliario bonaerense entra así en una nueva etapa: con mayor regulación, respaldo legal y límites claros para evitar el avance de prácticas irregulares disfrazadas de modernización o marketing. Para los martilleros matriculados, esta sentencia representa una reivindicación y una victoria legal largamente esperada.

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